post Category: Comentarios y otros — Colaborador @ 8:25 am — post Comments (0)

Como todos sabemos el precio de la vivienda no se rige por una tasa de interés fijo ni por la subida del indice de precios al consumo (IPC), ya que hay otros  factores que influyen en los precios como puede ser:  oferta/demanda, situación de la vivienda, calidad, etc,  sin dejar de un lado la especulación .
Seguro que más de una vez hicimos la siguiente pregunta ¿como un bien de primera necesidad tenga movimientos tan bruscos?.  El caso es que llevamos año tras año legislación tras  legislación y los precios diría yo van a su bola.
Cuantos horas/días/años perdidos en charlas, reuniones, etc,  hablando de como corregir estas subidas sin que se produjese el efecto deseado y de repente sin apenas previo aviso el precio de las viviendas empieza a bajar por su propio peso o los excesos que terminan pasando factura (es como pasar una cerilla encendida de una mano para otra, alguien terminará quemándose) y vuelta de nuevo a empezar con la famosa frase:  (gato escaldado  del agua fría huye).
No se puede estar año tras año para saber quien va ser el primero/a en encontrar el Príncipe Azul o Princesa, aunque ya sabemos  «La esperanza es lo último que se pierde).  Han pasado otras generaciones y la subidas o bajadas no quedó exenta, tal vez, es que no se empleó la fórmula adecuada.

Por otra parte, en el caso de existir dinero negro para la compra/venta de una vivienda, se entiende que por lo menos hay como mínimo 2 partes implicadas y conscientes de que se está haciendo algo ilegal.  También se debería de controlar dentro de este sector los inmuebles que consten vacíos, los cuales podrían ser inspecciones sin previo aviso, revisando consumo luz, agua, consultando a vecinos, padrón municipal, etc. Con estos controles también saldrían a la luz el fraude que pudiera existir en el alquiler de inmuebles.

Artículo 47 de la Constitución Española:
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos”

Un saludo

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